PROMULGACION: 25 de julio de 2011 PUBLICACION: 5 de agosto de 2011
Decreto Nº 261/011 - Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas y el Servicio de Retiros y Pensiones Policiales. Retiros. Monto Mínimo. Fijación.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Montevideo, 25 de julio de 2011
VISTO: El régimen vigente de ajuste de las pasividades, a cargo del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas, y del Servicio de Retiros y Pensiones Policiales, dispuesto por el artículo 67 de la Constitución de la República.
RESULTANDO: I) Que por el decreto N° 283/010, de 20 de setiembre de 2010, se otorgaron aumentos mínimos para todas las pasividades servidas por el Banco de Previsión Social, con vigencia a partir del 1° de octubre de 2010 y del 1° de julio de 2011.
CONSIDERANDO: I) Que en el marco del desarrollo de programas de mejoramiento de la calidad de vida de los uruguayos, se entiende imprescindible continuar adoptando medidas concretas en las políticas socio económicas, que permitan mantener el poder adquisitivo de las pasividades.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República;
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