PROMULGACION: 30 de agosto de 2012
PUBLICACION: 5 de setiembre de 2012

Ley 18.964 - Se prorroga por doce meses la prohibición para la importación de ciertos vehículos usados.

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

ART. Unico.-
Prorrógase por el término de doce meses la prohibición dispuesta por el artículo 1° de la Ley N° 17.887, de 19 de agosto de 2005, extendida por el artículo único de la Ley N° 18.532, de 14 de agosto de 2009, y por el artículo 1° de la Ley N° 18.802, de 26 de agosto de 2011. (Comisión) (Prohibición) (Prórroga)

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 21 de agosto de 2012. DANILO ASTORI, Presidente; HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI, Secretario.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
   MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Montevideo, 30 de agosto de 2012

Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se prorroga por el término de doce meses la prohibición de importar bienes muebles usados dispuesta por el artículo 1° de la Ley N° 17.887, de 19 de agosto de 2005.
MUJICA - LUIS PORTO - LUIS ALMAGRO - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN.