PROMULGACION: 26 de diciembre de 2012
PUBLICACION: 3 de enero de 2013

Decreto Nº 421/012 - Tasa de devolución de tributos del 4% a las exportaciones de diversos sectores que se han visto afectados negativamente por el descenso de la demanda internacional. Prórroga.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
  MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Montevideo, 26 de diciembre de 2012

VISTO: los decretos N° 204/012, de 22 de junio de 2012, 89/012, de 23 de marzo de 2012 y 170/012, 29 de mayo de 2012.

RESULTANDO: que las mencionadas normas establecieron una tasa de devolución de tributos del 4% hasta el 31 de diciembre de 2012, a las exportaciones de diversos sectores que se han visto afectados negativamente por el descenso de la demanda internacional.

CONSIDERANDO: que se considera conveniente mantener este régimen preferencial hasta el 30 de junio de 2013.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Prorrógase hasta el 30 de junio de 2013 dispuesto en los Decretos Nos 204/012, de 22 de junio de 2012, 89/012, de 23 de marzo de 2012 y 170/012, 29 de mayo de 2012.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
MUJICA - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN - TABARÉ AGUERRE.