PROMULGACION: 23 de marzo de 2012
PUBLICACION: 12 de abril de 2012

Decreto Nº 89/012 - Devolución de tributos a las exportaciones de productos cítricos. Prórroga.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
  MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Montevideo, 23 de marzo de 2012

VISTO: el Decreto N° 330/011, de 14 de setiembre de 2011.

RESULTANDO: que la referida norma estableció una devolución de tributos a las exportaciones de productos cítricos del 4% para las operaciones embarcadas entre el 1° de junio de 2011 y el 31 de diciembre de 2011.

CONSIDERANDO: que es conveniente efectuar una prórroga del Decreto N° 330/011, en la medida en que el sector citrícola continúa el proceso de reconversión a efectos de acceder a nuevos mercados que permitan reducir su dependencia de la demanda europea.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2012 lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 330/011, de 14 de setiembre de 2011.(Prórroga)

ART. 2º.-
Las exportaciones embarcadas entre el 1° de enero de 2012 y la entrada en vigencia del presente decreto, se regirán por lo previsto en el artículo precedente.

ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
MUJICA - FERNANDO LORENZO - EDGARDO ORTUÑO - TABARE AGUERRE.