PROMULGACION: 7 de abril de 2010
PUBLICACION: 20 de abril de 2010

Decreto Nº 111/010 - Ministerio de Relaciones Exteriores. Reformulación de la estructura organizativa y de funcionamiento de la Unidad Ejecutora. Modificaciones.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, 7 de abril de 2010

VISTO: el Decreto N° 27/1996, de 6 de febrero de 1996 y sus modificativos, el Decreto N° 197/1997, de 11 de junio de 1997 y sus modificativos, y el Decreto 345/2005 de 26 de setiembre de 2005 y el Decreto No. 179/2008 de 31 de marzo de 2008;

RESULTANDO: que tales normas regulan la reformulación de la estructura organizativa y de funcionamiento de la Unidad Ejecutora 001 "Ministerio de Relaciones Exteriores" Inciso 06;

CONSIDERANDO: I) que la estructura organizativa de funcionamiento del Ministerio de Relaciones Exteriores requiere una adecuación a las necesidades de la actuación internacional de la República;
II) que de acuerdo a lo establecido en la normativa mencionada en el "Visto", las Direcciones Generales del Ministerio de Relaciones Exteriores son responsables del cumplimiento de los cometidos sustantivos y de apoyo del Inciso;
III) que, sin perjuicio del proceso de adecuación en que se encuentra esta Secretaría de Estado, resulta necesario implementar en lo inmediato -y con carácter transitorio- algunas modificaciones en la estructura organizativa que permitan optimizar el cumplimiento de sus cometidos;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Derógase el Decreto No. 179/2008, de 31 de marzo de 2008.

ART. 2º.-
Modifícase el artículo 89 del Decreto No. 27/1996 de 6 de febrero de 1996, con las modificaciones introducidas por el Decreto No. 197/97 de 11 de junio de 1997, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"De la Dirección General para Asuntos Económicos Internacionales dependen:
a) La Dirección de Asuntos Económicos Bilaterales;
b) La Dirección de Inteligencia y Promoción Comercial e Inversiones y
c) La Dirección de Organismos Internacionales Económicos.

ART. 3º.-
Modifícase el artículo 91 del Decreto 27/1996 de 6 de febrero de 1996 con las modificaciones introducidas por el Decreto No. 197/97 de 11 de junio de 1997, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"A la Dirección de Inteligencia y Promoción Comercial e Inversiones compete orientar a las Misiones y oficinas en el exterior sobre la forma de recabar, actualizar y perfeccionar información sobre empresas interesadas en importar productos uruguayos; centralizar dicha información mediante la creación y mantenimiento de una base de datos; difundir la información en tiempo real a las dependencias del Estado, gremiales empresariales y empresas exportadoras que así lo requieran; apoyar a las Misiones y Oficinas en el exterior, otras dependencias de Cancillería y otros organismos competentes del Estado y a las gremiales empresariales, en la organización de misiones empresariales al exterior así como en la recepción de misiones empresariales extranjeras; elaborar y publicar los directorios, guías o manuales relacionados con su competencia; asesorar a la Dirección General en la materia de su competencia."

ART. 4º.-
Agrégase al numeral 3 del capítulo III "estructura organizativa" del Decreto 197/97 de 11 de junio de 1997 en la redacción dada por el artículo 2° del Decreto 345/005 de 26 de setiembre de 2005 lo siguiente:
"De la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación dependen:
a) La Dirección de Asuntos Consulares y
b) La Dirección de Vinculación.
(Derogado)

ART. 5º.-
En lo no previsto específicamente por el presente decreto y en particular lo concerniente a los cometidos y competencias del Ministerio de Relaciones Exteriores y sus dependencias será de aplicación lo dispuesto por los Decretos N° 27/1996, de 6 de febrero de 1996 y N° 197/1997 de 11 de junio de 1997 y sus modificativos.

ART. 6º.-
Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia a partir del 15 de marzo del 2010.

ART. 7º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
MUJICA - ROBERTO CONDE.