PROMULGACION: 19 de noviembre de 2018
PUBLICACION: 26 de noviembre de 2018

Decreto Nº 384/018 - Se modifica el régimen del IVA aplicable a la contraprestación por el desarrollo de proyectos en el marco de contratos de Participación Público Privado.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 19 de noviembre de 2018

VISTO: el Decreto N° 528/003 del 23 de diciembre de 2003.

RESULTANDO: que la referida norma designa agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al Estado, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados, y demás personas públicas estatales; estableciéndose un porcentaje específico de retención para aquellos servicios de construcción contratados mediante licitación pública.

CONSIDERANDO: que es conveniente establecer el mismo tratamiento para los contratos de Participación Público Privado regulados por la Ley N° 18.786 de 19 de julio de 2011.

ATENTO: a lo dispuesto,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Sustitúyese el inciso tercero del artículo 2° del Decreto N° 528/003 de 23 de diciembre de 2003, por el siguiente:
"En los casos de servicios de construcción contratados en régimen de licitación pública, así como en los contratos de Participación Público Privado regulados por la Ley N° 18.786 de 19 de julio de 2011, por la contraprestación por el desarrollo del proyecto, el porcentaje de retención ascenderá al 40% (cuarenta por ciento) del Impuesto al Valor Agregado incluido en la documentación. Se entenderá por servicios de construcción a los arrendamientos de obra con o sin entrega de materiales, comprendidos en el régimen del Decreto-Ley N° 14.411, de 7 de agosto de 1975."

ART. 2º.-
Deróganse los artículos, 3° Bis del Decreto N° 127/013 de 24 de abril de 2013, 3° Bis del Decreto N° 357/014 de 12 de diciembre de 2014, 3° Bis del Decreto N° 20/016 de 25 de enero de 2016, y el 3° Bis del Decreto N° 43/016 de 16 de febrero de 2016.

ART. 3º.-
Publíquese, comuniquese y archívese.
VÁZQUEZ - DANILO ASTORI.