PROMULGACION: 2 de setiembre de 2008 PUBLICACION: 10 de setiembre de 2008
Decreto Nº 420/008 - Dirección General Impositiva. Metas de eficiencia referidas a la estructura de recaudación. Se fija el porcentaje aplicar a los recursos a que se refiere el artículo 2° de la Ley N° 17.706.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 2 de setiembre de 2008
VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 120/006 de 24 de abril de 2006 reglamentario del artículo 7° de la Ley N° 17.904, de 7 de octubre de 2005.
RESULTANDO: I) que el artículo 1° del Decreto citado, estableció un porcentaje del 0,12% a aplicar a los recursos a que refiere el artículo 2° de la Ley N° 17.706 de 4 de noviembre de 2003.
CONSIDERANDO: I) que en función de la estructura de la recaudación y los parámetros establecidos para medir la mejora de la gestión de la Dirección General Impositiva es necesario ajustar la reglamentación a la nueva situación.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por los servicios técnicos del Ministerio de Economía y Finanzas.
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