PROMULGACION: 30 de junio de 2017 PUBLICACION: 11 de julio de 2017
Ley 19.506 - Se prorroga la entrada en vigencia de disposiciones de la Ley 19.210 de Inclusión Financiera.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
ART. 1º.-
Prorrógase hasta el 1° de enero de 2018 la entrada en vigencia de las previsiones contenidas en los incisos primero y quinto del artículo 35 y en los artículos 36, 40 y 41 de la Ley N° 19.210, de 29 de abril de 2014, en la redacción dada por la Ley N° 19.478, de 5 de enero de 2017.
ART. 2º.-
Facúltase al Poder Ejecutivo a prorrogar hasta el 1° de enero de 2019 la entrada en vigencia de lo previsto en los incisos primero y quinto del artículo 35 y en los artículos 36, 40 y 41 de la Ley N° 19.210, de 29 de abril de 2014, en la redacción dada por la Ley N° 19.478, de 5 de enero de 2017.
ART. 3º.-
La presente ley entrará en vigencia el 1° de julio de 2017.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 30 de junio de 2017
Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se prorroga hasta el 1° de enero de 2018 y se faculta al Poder Ejecutivo a prorrogar hasta el 1° de enero de 2019, la entrada en vigencia de lo previsto en los incisos primero y quinto del artículo 35 y en los artículos 36, 40 y 41 de la Ley N° 19.210, de 29 de abril de 2014, en la redacción dada por la Ley N° 19.478, de 5 de enero de 2017.
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