PROMULGACION: 28 de noviembre de 2003
PUBLICACION: 10 de diciembre de 2003

Ley 17.714 - Cajillas de cigarrillos, paquetes de tabaco y, en general, toda clase de envases de cigarrillos, cigarros, tabacos. Obligación de lucir rótulo.

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN

ART. UNICO.-
Sustitúyese el artículo 2° del decreto - ley N° 15.361, de 14 de diciembre de 1982, por el siguiente:
"ARTICULO 2°.- A partir de los ciento ochenta días de la fecha de promulgación de la presente ley, las cajillas de cigarrillos, paquetes de tabaco y, en general, toda clase de envases de cigarrillos, cigarros, tabacos y productos de uso similar que se expendan en el país, deberán lucir, en caracteres claramente visibles, el siguiente rótulo: "Fumar puede generar cáncer, enfermedades pulmonares y cardíacas. Fumar durante el embarazo perjudica a su hijo. MSP". (Reglamentación) (Reglamentación)

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 18 de noviembre de 2003. LUIS HIERRO LOPEZ, Presidente; MARIO FARACHIO, Secretario.

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Montevideo, 28 de noviembre de 2003

Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE - CONRADO BONILLA - ISAAC ALFIE - YAMANDU FAU.
(Derogado)