| PROMULGACION:  2 de enero de 2009 PUBLICACION: 23 de enero de 2009   
 
Ley 18.459 - Residencias Médicas Hospitalarias. Se establece que los cargos de Residentes Médicos serán provistos por concurso de oposición. 
   
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
 DECRETAN:
 ART. Unico.- "ARTICULO 14.- Los cargos de Residentes Médicos serán provistos por concurso de oposición, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y a la reglamentación que para el caso se dicte.
 Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 29 de diciembre de 2008. JOSÉ MUJICA, Presidente; CLAUDIA PALACIO, Prosecretaria.
 MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Montevideo, 2 de enero de 2009 
 Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se sustituye el artículo 14 de la Ley Nº 18.438, de 17 de diciembre de 2008, referido a la provisión de cargos de residentes médicos. |