PROMULGACION: 13 de noviembre de 2006
PUBLICACION: 21 de noviembre de 2006

Decreto Nº 441/006 - Proyecto de selección y delimitación del Area Protegida "Isla de Flores" bajo la categoría de Parque Nacional. Aprobación.

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
  MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
   MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
    MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
     MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
      MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE

Montevideo, 13 de noviembre de 2006

VISTO: la creación del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas en la Ley Nº 17.234 de 22 de febrero del año 2000 y los objetivos que a tales efectos se citan en el artículo 2° de la referida Ley;

RESULTANDO: I) que el artículo 7° de la Ley Nº 17.234 de 22 de febrero del año 2000, en el inciso B) establece que deberá volver a delimitar y a clasificar las áreas ya existentes al momento de la promulgación de la citada ley, cualquiera sea la jerarquía de la norma de creación;
II) que en el artículo 3° de la Ley N° 17.234 se establecen las categorías en las cuales serán clasificadas las Areas Protegidas para su incorporación al Sistema Nacional de Areas Protegidas, siendo ampliados por el Decreto Reglamentario 52/005 de 16 de febrero de 2005;
III) que el artículo 5° de la Ley N° 17.234 establece que el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, incorporará al Sistema Nacional de Areas Protegidas bajo las correspondientes categoría de manejo, aquellas áreas que reúnan las condiciones previstas en la Ley;

ATENTO: al informe elaborado por el Grupo de Trabajo creado en Presidencia de la República con el fin de establecer la delimitación y propuesta de Categorización del Area Protegida "Isla de Flores" pertenecientes al Parque Nacional de Islas Costeras del Océano Atlántico y Costas del Río de la Plata;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Apruébase el proyecto de selección y delimitación del Area Protegida "Isla de Flores" bajo la categoría de Parque Nacional de acuerdo a lo establecido en el literal A) del artículo 3 de la Ley N° 17.234 de 22 de febrero de 2000.

ART. 2º.-
La misma comprenderá la parte emergida del Sistema Insular, así como, un área acuática establecida por un círculo que tendrá dos millas náuticas de diámetro, medidas a partir del borde costero del Sistema Insular.

ART. 3º.-
A los efectos de la implementación del Area Protegida y posterior elaboración del Plan de Manejo Correspondiente, créanse cinco grupos de trabajo, "Educación y Difusión", "Patrimonio Natural y Cultural", "Investigación y Monitoreo", "Turismo y Recreación" y "Financiamiento" que estarán integrados por los representantes de los Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio de Educación y Cultura, Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Ministerio de Salud Pública y Ministerio de Turismo y Deporte.

ART. 4º.-
Cométese al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el cumplimiento de lo previsto en la Ley N° 17.234 Y Decreto 52/005 de 16 de febrero de 2005, en lo referente a los procedimientos previstos para la incorporación del Area referida en el artículo 1° de este Decreto al Sistema Nacional de Areas Protegidas.

ART. 5º.-
Comuníquese, publíquese y archívese.
VAZQUEZ - MARIANO ARANA - AZUCENA BERRUTTI - JORGE BROVETTO - VICTOR ROSSI - MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO.