PROMULGACION: 22 de octubre de 2003 PUBLICACION: 30 de octubre de 2003
Decreto Nº 416/003 - Inspección técnica vehicular. Se modifica el artículo 3 del Decreto N° 246/000 en lo referente a vehículos habilitados para transporte internacional.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Montevideo, 22 de octubre de 2003
VISTO: los resultados de la aplicación del Decreto N° 246/000 de 30 de agosto de 2000 sobre inspección técnica vehicular.
RESULTANDO: I) Que por el referido Decreto se dispuso graduar los criterios de inspección técnica a aplicar por la empresa concesionaria SUCTA S.A., originalmente establecidos por Decretos Nos. 451/994 de 5 de octubre de 1994 y 72/996 de 28 de febrero de 1996.
CONSIDERANDO: I) Que de los estudios presentados surge que el total de defectos que darían origen al resultado de Rechazado en los items no comprendidos en el inciso primero del artículo 1° del Decreto citado, es poco significativo.
ATENTO: a lo previsto en el artículo 2° del Decreto N° 246/000 de 30 de agosto de 2000, en el Decreto N° 451/994 de 5 de octubre de 1994 y modificativos y en el artículo 7° del Decreto N° 574/974 de 12 de julio de 1974.
ART. 1º.- "Artículo 3° La presente norma no rige para los vehículos habilitados para transporte internacional de carga ni para los vehículos de transporte de mercancías peligrosas (semirremolques cisterna y sus tractores de arrastre, vehículos para transporte de baterias de recipientes o contenedores cisterna), todos los cuales se inspeccionarán de acuerdo a los criterios originales adoptados por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas a tales efectos".
ART. 2º.- |