PROMULGACION: 12 de agosto de 1998
PUBLICACION: 20 de agosto de 1998

Decreto Nº 220/998 - Derogaciones.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 12 de agosto de 1998

VISTO: el Título 10 del Texto Ordenado 1996, que establece normas referidas al Impuesto al Valor Agregado,

CONSIDERANDO: la conveniencia de estructurar en un decreto orgánico las normas reglamentarias para la liquidación del tributo;

ATENTO: a lo expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

CAPITULO XIII
Derogaciones

ART. 168.-
Derogaciones. Deróganse a partir de la vigencia de este decreto, los siguientes decretos:

250/986 de 7 de mayo de 1986 (Material educativo).
39/990 de 31 de enero de 1990, excepto artículos 33°, 39°, 44°, 53°, 55° y 56° (Decreto reglamentario del I.V.A).
110/990 de 21 de febrero de 1990 (Monumentos Históricos).
127/990 de 23 de febrero de 1990, artículo 3° (Equipos de riego).
271/990 de 18 de junio de 1990, artículo 6° (Contratistas Obras Públicas).
462/990 de 11 de octubre de 1990, artículo 1° (Camping).
577/991 de 28 de octubre de 1991 (Camping y apart-hotel).
579/991 de 29 de octubre de 1991 (Creación CEDE Interior).
733/991 de 30 de diciembre de 1991, artículos 13°, 17°, 18° y 19°, 21° y 23° (Exoneraciones).
743/991 de 30 de diciembre de 1991, artículo 2° (Importaciones de Dirección Nacional de Minería y Geología).
104/992 de 16 de marzo de 1992, artículo 1° (Leasing).
149/992 de 6 de abril de 1992, artículo 1° (Proyecto Infraestructura Social).
332/992 de 16 de julio de 1992, artículo 2° (Zonas Francas).
638/992 de 22 de diciembre de 1992, artículo 1° (Sujeto pasivo - A.F.E.).
129/993 de 1° de enero de 1993, artículo 1° (M.E.F. - Agente de retención).
362/993 de 5 de agosto de 1993, artículo 1° (Misiones militares Mozambique y Camboya).
443/993 de 14 de setiembre de 1993, artículos 1° y 2° (M.E.F. - Agente de retención).
461/993 de 25 de octubre de 1993, artículos 1° a 3° (Grasas y lubricantes).
38/994 de 1° de febrero de 1994, artículos 2° y 3° (Fletes internacionales, Vehículos utilitarios).
97/994 de 28 de febrero de 1994, artículo 1° (Pequeño Productor).
187/994 de 3 de mayo de 1994, artículos 1° a 3° (Vehículos automotores).
234/994 de 17 de mayo de 1994, artículos 1° a 3° (Radioemisoras de Montevideo).
354/994 de 17 de agosto de 1994, artículo 30° (Seguros).
359/994 de 17 de agosto de 1994 (Administradoras de crédito).
478/994 de 27 de octubre de 1994, artículo 1° (Préstamo 811/OC-UR).
493/994 de 3 de noviembre de 1994, artículo 1° (Servicios de consultoría).
496/994 de 9 de noviembre de 1994, artículo 4° (Importación por organismos públicos).
586/994 de 15 de diciembre de 1994, artículo 1° (Oficiales de las Fuerzas Armadas).
158/995 de 28 de abril de 1995, artículos 1°, 2°, 3°, 4° y 5°.
291/995 de 2 de agosto de 1995, artículo 3° (Complejos turísticos).
481/995 de 29 de diciembre de 1995, artículo 1° (Préstamo UR 4/89).
1/996 de 8 de enero de 1996, artículo 1° (Corporación Nacional para el Desarrollo).
4/996 de 15 de enero de 1996, artículo 1° (Préstamos 646 y 647 OC/UR).
17/996 de 24 de enero de 1996, artículos 1° y 2°.
119/996 de 29 de marzo de 1996, artículos 1° a 3° (Complejos turísticos).
335/996 de 28 de agosto de 1996, artículos 1° a 3° (Anticipos I.V.A. importación).
336/996 de 28 de agosto de 1996, artículo 1° (Empresas constructoras - industriales).
377/996 de 25 de setiembre de 1996, artículos 1° y 2° (Créditos ANEP).
418/996 de 30 de octubre de 1996, artículos 1° y 2° (Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente - Agente de retención).
162/997 de 21 de mayo de 1997 (Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Agente de retención).
234/997 de 16 de julio de 1997, artículos 1° y 2° (Préstamos 995/OC-UR y 996/OC-UR).
264/997 de 6 de agosto de 1997, artículos 1° y 2° y 3° (Préstamo ATN/MH-4628 UR).
326/997 de 3 de setiembre de 1997, artículo 2° inciso 1°, artículos 4° y 5° (Ministerio de Turismo).
421/997 de 5 de noviembre de 1997, artículos 1° y 2° (Préstamos BID N° 921/OC-UR).
422/997 de 5 de noviembre de 1997, artículos 1° y 2° (BIRF N° 4204-UR).
441/997 de 12 de noviembre de 1997, artículo 5° (Contratos en relación de no dependencia).
458/997 de 4 de diciembre de 1997, artículos 1° y 2° (Programa de Desarrollo Municipal III).
59/998 de 4 de marzo de 1998, artículos 6°, 7° y 8 (Protección y promoción de inversiones).

ART. 169.-
Comuniquese, publíquese, etc.
SANGUINETTI - LUIS MOSCA.