PROMULGACION: 16 de setiembre de 2019 PUBLICACION: 30 de setiembre de 2019
Decreto Nº 274/019 - Se eleva el monto máximo de valor no imponible, como beneficio tributario para vehículos destinados a personas discapacitadas, cuando se verifica la causal que se determina.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 16 de setiembre de 2019
VISTO: el máximo de valor no imponible previsto en los Decretos N° 91/013 de 13 de marzo de 2013 y N° 51/017 de 20 de febrero de 2017.
RESULTANDO: I) que dicho monto se establece a los efectos de la importación -libre de tributos- de vehículos para personas discapacitadas en el marco de la reglamentación de la Ley N° 13.102 de 18 de octubre de 1962, modificativas y concordantes.
CONSIDERANDO: la necesidad de contemplar la hipótesis en la cual - varias personas discapacitadas unidas entre sí por un vínculo familiar estable acreditable jurídicamente - opten por adquirir un solo vehículo, de forma tal que se permita elevar el monto mínimo no imponible, actualmente establecido en U$S 16.000 (dieciséis mil dólares de los Estados Unidos de América).
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 13.102 de 18 de octubre de 1962, modificativas y concordantes,
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