PROMULGACION: 24 de abril de 2018
PUBLICACION: 3 de mayo de 2018

Decreto Nº 107/018 - Se prorroga el plazo aplicable a los beneficios tributarios otorgados por el Decreto 377/012 para turistas no residentes.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE TURISMO

Montevideo, 24 de abril de 2018

VISTO: los beneficios tributarios otorgados a los turistas no residentes, vinculados a arrendamientos temporarios de inmuebles, mediante el Decreto N° 377/012 de 23 de noviembre de 2012.

RESULTANDO: I) que el referido Decreto establecía la aplicación del régimen con carácter temporal, concluyendo el mismo el 31 de marzo de 2013.
II) que dicho período fue prorrogado en sucesivas oportunidades, encontrándose vigente hasta el 30 de abril de 2018, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 261/017 de 18 de setiembre de 2017.

CONSIDERANDO: que es conveniente extender el citado período hasta el 30 de abril de 2019, a efectos de considerar la próxima temporada estival.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 48 bis del Título 1 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 2° de la Ley N° 18.999 de 15 de noviembre de 2012,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Extiéndese el beneficio otorgado a las operaciones comprendidas en el Decreto N° 377/012 de 23 de noviembre de 2012, a aquellos arrendamientos que se realicen hasta el 30 de abril de 2019, manteniéndose en todos sus términos las condiciones exigidas por el citado Decreto para hacer efectivo el referido beneficio.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - BENJAMÍN LIBEROFF.