PROMULGACION: 28 de julio 2015
PUBLICACION: 4 de agosto de 2015

Decreto Nº 203/015 - Se modifica el art. 9° del Decreto 435/996, por el que se dispone el procedimiento para la fijación de los precios del gas al consumidor final.

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 28 de Julio de 2015

VISTO: el Decreto 435/996 de 19 de noviembre de 1996;

RESULTANDO:I) que por el mismo se aprobó el Reglamento del Sistema de Abastecimiento del Gas;
II) que por el artículo 1° del citado Reglamento se declaran de interés nacional las actividades de la industria del gas y su abastecimiento en todas sus etapas;
III) que asimismo por el artículo 9° se dispone que los precios del gas al consumidor final serán fijados por el Poder Ejecutivo a propuesta de los distribuidores, a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

CONSIDERANDO: que por la materia de que se trata se entiende conveniente que los referidos precios sean fijados por el Poder Ejecutivo, actuando en acuerdo con los Ministerios de Industria, Energía y Minería y de Economía y Finanzas, a propuesta de los distribuidores;

ATENTO: a lo expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.- Modifícase el artículo 9° del Decreto 435/996 de fecha 19 de noviembre de 1996, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 9°.- Los precios del gas al consumidor final serán fijados por el Poder Ejecutivo actuando en acuerdo con los Ministerios de Industria, Energía y Minería y de Economía y Finanzas, a propuesta de los distribuidores."

ART. 2º.- Extiéndese el beneficio otorgado a las operaciones comprendidas en el Decreto N° 377/012 de 23 de noviembre de 2012, a aquellos arrendamientos que se realicen hasta el 31 de marzo de 2016, manteniéndose en todos sus términos las condiciones exigidas por el citado decreto para hacer efectivo el referido beneficio.

ART. 3º.- Comuniquese, publiquese, etc.
VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE - DANILO ASTORI.