PROMULGACION: 6 de agosto de 2014
PUBLICACION: 13 de agosto de 2014

Decreto Nº 228/014 - Se incorporan posiciones arancelarias al decreto 147/2014.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
  MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Montevideo, 6 de agosto de 2014

VISTO: el régimen de devolución de tributos a las exportaciones, establecido por la Ley N° 16.492, de 2 de junio de 1994, en la redacción dada por el artículo 362 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013.

CONSIDERANDO: que corresponde acceder a la solicitud de incorporación de nuevos productos al régimen de devolución de tributos.

ATENTO: a lo informado por la Asesoría Macroeconómica y Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Incorpóranse al artículo 2° del Decreto N° 147/014, de 23 de mayo de 2014 las posiciones arancelarias que se indican seguidamente:
2833.29.90.00
3817.10.10.00

ART. 2º.-
Lo dispuesto en el artículo anterior regirá para las operaciones de exportación embarcadas a partir de la vigencia del presente decreto.

ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
MUJICA - MARIO BERGARA - ROBERTO KREIMERMAN - TABARÉ AGUERRE.