PROMULGACION: 19 de agosto de 2013
PUBLICACION: 27 de agosto de 2013

Decreto Nº 254/013 - Uso de frecuencias para la radiodifusión comercial. Modificaciones.

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Montevideo, 19 de agosto de 2013

VISTO: que por Decreto Nro. 374/008 de 4 de agosto de 2008 se procedió a la actualización de los aspectos relativos al otorgamiento del uso de frecuencias para la radiodifusión comercial.

CONSIDERANDO: que es conveniente introducir modificaciones en la normativa vigente de forma de, compatibilizar los plazos para la elaboración y presentación de las propuestas, el tipo de estación y los tiempos involucrados en cada uno de los llamados públicos.

ATENTO: a lo expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

DECRETA:

ART. 1º.-
Modifícase el artículo 2do. del Decreto Nro. 374/008 de 4 de agosto de 2008 el cual queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 2°. El llamado otorgará un plazo de entre 30 (treinta) y 60 (sesenta) días corridos a contar desde el siguiente a la última publicación de la convocatoria, para que los interesados presenten sus propuestas.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese y pase a sus efectos a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones.
MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN.