PROMULGACION: 1 de agosto de 2013
PUBLICACION: 7 de agosto de 2013

Decreto Nº 220/013 - Dirección General del Registro de Estado Civil. Equipo multidisciplinario. Integración.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 1 de agosto de 2013

VISTO: La forma de integración de la Comisión creada por el art. 4° inc. 4° de la Ley 18.620, dispuesta por lo establecido en el Decreto de Poder Ejecutivo Nro. 196/2010.

RESULTANDO: I) Que en el mencionado Decreto, se establece una integración de tres miembros, con las calidades de Médico Psiquiatra, Psicólogo y Asistente Social.

CONSIDERANDO: I) Que conforme a lo dispuesto en la ley precitada, no es un requisito ineludible la calidad de Médico Psiquiatra, sino que los integrantes de la Comisión deben ser personas con notoria idoneidad en identidad de género y diversidad.
II) Que la redacción brindada por el decreto precitado, en su art. 1, deviene restrictiva de los alcances establecidos en la ley 18620.
III) Que resulta necesario y adecuado, brindar la posibilidad de una integración plena de dicha Comisión Asesora.

ATENTO: a lo antes expuesto,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Modifícase el texto del art. 1 del decreto número 196/2010 del 26 de junio de 2010, que quedará redactado de la siguiente manera: "Intégrase en el ámbito de la Dirección General del Registro de Estado Civil, un equipo multidisciplinario compuesto por tres personas de reconocida idoneidad en identidad de género y diversidad sexual, de los cuales al menos uno de ellos deberá detentar la calidad de Psicólogo o Asistente Social, los que serán designados por el Ministerio de Educación y Cultura, y durarán en sus funciones por un período de dos años, prorrogables por períodos de igual duración, salvo resolución del jerarca en contrario.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese.
MUJICA - RICARDO EHRLICH.