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Montevideo, 22 de febrero de 2013
VISTO: Que la Ley 18.677 de 13 de agosto de 2010 creó la "Comisión del
Bicentenario de la Revolución de Independencia del Río de la Plata
2010-2015".
RESULTANDO: I) La referida Comisión tiene por cometido la planificación,
para los años 2010 a 2015, de las actividades de conmemoración y
celebración de los principales hechos históricos del proceso
revolucionario e independentista, en la etapa comprendida entre 1810,
inicio de la Revolución en el Río de la Plata y 1815, año de la mayor
expansión del proyecto impulsado por José Artigas en al provincia oriental
y en el Sistema de los Pueblos Libres, así como la aprobación del plan de
acción.
II) De acuerdo a dichos cometidos y al plan de acción durante los años
2010, 2011 y 2012 se conmemoraron y celebraron distintos hechos
históricos.
III) En ese marco se aprobó el Decreto 114/011 de fecha 23 de marzo de
2011 por el cual se dispuso la obligatoriedad durante todo el año 2011
para los Incisos de la Administración Central, del logo del Bicentenario
Uruguay seleccionado por la "Comisión del Bicentenario de la Revolución de
Independencia del Río de la Plata 2010-2015" estableciéndose la forma para
su utilización.
CONSIDERANDO: I) Resulta pertinente la utilización por el año 2013 del
logo del Bicentenario Uruguay seleccionado por la "Comisión del
Bicentenario de la Revolución de Independencia del Río de la Plata
2010-2015" agregándole la leyenda "Instrucciones del año XIII".
II) La Secretaría Ejecutiva de la referida Comisión pondrá a disposición
los diseños base de la marca, con un manual de marca adecuada para el
correcto uso de la misma.
ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley 18.677 de fecha 13 de
agosto de 2010,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
ART. 1º.-
Dispónese la obligatoriedad de la utilización durante todo el año 2013
por parte de los Incisos de la Administración Central, del logo del
Bicentenario Uruguay seleccionado por la "Comisión del Bicentenario de la
Revolución de Independencia del Río de la Plata 2010-2015" con la leyenda
"Instrucciones del año XIII", el cual deberá ser incluido en lugar a
determinar por cada organismo en todos soportes donde se utilicen logos
institucionales.
ART. 2º.-
En las páginas web de los Incisos de la Administración Central donde
aparezca el logo del Bicentenario, éste deberá ser el enlace con la página
web de la "Comisión del Bicentenario de la Revolución de Independencia del
Río de la Plata 2010-2015".
ART. 3º.-
En las actividades oficiales que se realicen se deberá incluir en los
banners con los distintivos oficiales de cada organismo el logo del
Bicentenario con la leyenda "Instrucciones del año XIII".
ART. 4º.-
La Secretaría Ejecutiva de la "Comisión del Bicentenario de la Revolución
de Independencia del Río de la Plata 2010-2015" pondrá a disposición los
diseños base de la marca con un manual de marca adecuado para el correcto
uso de la misma.
ART. 5º.-
Se exhorta a los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados adoptar por
decisiones internas lo dispuesto en el presenten Decreto.
ART. 6º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
MUJICA - RICARDO EHRLICH - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - JORGE VENEGAS - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER.