PROMULGACION: 22 de junio de 2012 PUBLICACION: 27 de junio de 2012
Decreto Nº 203/012 - Tasa de Control Regulatorio del Sistema Financiero. Base Imponible. Alícuotas.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 22 de junio de 2012
VISTO: la procedencia de fijar la base imponible y las alícuotas de la Tasa de Control Regulatorio del Sistema Financiero para el caso de las entidades supervisadas por el Banco Central del Uruguay no incluidas en el Decreto N° 795/008 de 29 de diciembre de 2008.
RESULTANDO: que la Ley N° 18.401 de 24 de octubre de 2008 y la Ley N° 18.643 de 9 de febrero de 2010 incorporaron a la Carta Orgánica del Banco Central del Uruguay nuevas entidades bajo la supervisión de dicha Institución, lo que determina la procedencia de establecer alícuotas específicas y diferenciales para dichas entidades contribuyentes.
CONSIDERANDO: que el Banco Central de Uruguay ha propuesto en forma fundada la fijación de las respetivas alícuotas a incorporar, de acuerdo a lo previsto en el artículo 98 de la Ley N° 18.083 de 27 de diciembre de 2006, las que se ajustan a los topes máximos establecidos en dicha norma legal.
ATENTO: a lo expuesto.
ART. 1º.- i) Empresas de Servicios Financieros: 2%o sobre los activos propios radicados en el país. (Sustituido)
ART. 2º.- |