MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 10 de agosto de 2011
VISTO: el proyecto de modificaciones a la estructura de cargos de la Unidad Ejecutora 018 "Jefatura de Policía de Salto", Programa 005 "Mantenimiento del orden interno - Jefaturas de Policía del Interior" del Inciso 04 - Ministerio del Interior.
RESULTANDO: Que el artículo 150 de la Ley 16.736 de 5 de enero de 1996 en su redacción dada por el artículo 99 de la Ley Nº 17.930 de 23 de diciembre de 2005, faculta al Inciso 04 - Ministerio del Interior a racionalizar el escalafón policial.
CONSIDERANDO: I) Que el proyecto mencionado es ajustado a derecho, por cuanto encuadra perfectamente en el citado artículo y se cumplen las exigencias impuestas por la norma en el sentido que: no se incrementa el crédito presupuestal, ni se lesionan derechos funcionales, en virtud que en la provisión de los cargos se respeta estrictamente la lista de prelación confeccionada por las Juntas Calificadoras de la Unidad.
II) Que resulta oportuno implementar lo expuesto precedentemente a nivel de dicha Unidad Ejecutora y para todos los sub escalafones, tomándose como base el Cuadro de Efectivos Policiales al mes de febrero de 2010.
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
ART. 1º.-
Apruébase la estructura de cargos del padrón Presupuestados de la Unidad Ejecutora 018 "Jefatura de Policía de Salto", Programa 005 "Mantenimiento del orden interno - Jefaturas de Policía del Interior".
ART. 2º.-
La estructura de cargos a que refiere el artículo precedente y la correspondiente regularización tendrán vigencia a partir del 1º de febrero de 2010.
ART. 3º.-
La Contaduría General de la Nación ajustará los créditos presupuestarios necesarios para la aplicación del presente Decreto. Los que no hubieran sido utilizados serán reasignados al destino dispuesto por el artículo 150 de la Ley 16.736 en su redacción dada por el 99 de la Ley Nº 17.930 de 23 de diciembre de 2005, en un Objeto del gasto - Auxiliar específico que la Contaduría General de la Nación definirá a esos efectos, para su posterior asignación definitiva a las diferentes Unidades Ejecutoras del Inciso 04 - Ministerio del Interior.
ART. 4º.-
Dése cuenta a la Asamblea General.
ART. 5º.-
Publíquese, comuniquese a la Gerencia del Área de Gestión y Desarrollo Humano, a la Contaduría de la Jefatura de Policía de Salto y a la Gerencia del Área Financiera del Inciso 04 - Ministerio del Interior, y a la División de Remuneraciones y Puestos de Trabajos de la Contaduría General de la Nación; cumplido, archívese.
MUJICA - EDUARDO BONOMI - FERNANDO LORENZO.