PROMULGACION: 19 de enero de 2011 PUBLICACION: 2 de febrero de 2011
Decreto Nº 20/011 - Se sustituye el art. 1° del Decreto 403/010 sobre enajenaciones de vino.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 19 de enero de 2011
VISTO: el artículo 2° del Decreto N° 70/002 de 28 de febrero de 2002, por el cual se designó al Instituto Nacional de Vitivinicultura (I.NA.VI), agente de percepción del Impuesto al Valor Agregado correspondiente a las enajenaciones de vino que realicen los fabricantes e importadores de dicho bien.
RESULTANDO: I) que por Decreto N° 403/010 de 29 de diciembre de 2010 se adecuaron los precios sobre los cuales debe calcularse la referida percepción a partir del 1° de enero de 2011.
CONSIDERANDO: conveniente adecuar los referidos valores.
ATENTO: a lo expuesto.
ART. 1º.-
ART. 2º.- |