PROMULGACION: 1º de febrero de 2010 PUBLICACION: 10 de febrero de 2010
Decreto Nº 36/010 - Se fija el monto del subsidio otorgado por el Decreto 789/008 para fabricantes de bebidas de origen nacional.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 1º de febrero de 2010
VISTO: lo dispuesto por el artículo 496 de la Ley N° 18.362 de 6 de octubre de 2008.
RESULTANDO: I) que la referida disposición faculta al Poder Ejecutivo a otorgar a los fabricantes de bebidas de origen nacional, un subsidio de carácter transitorio y decreciente, por el término de dos años.
CONSIDERANDO: conveniente extender el período establecido por el referido decreto y ajustar el monto a la limitación dispuesta por la citada norma legal.
ATENTO: a lo expuesto.
ART. 1º.- ART. 2º.- |