PROMULGACION: 28 de diciembre de 2009
PUBLICACION: 14 de enero de 2010

Decreto Nº 594/009 - Timbre Registro de Testamento y Legalizaciones. Montos. Ajuste.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 28 de diciembre de 2009

VISTO: que corresponde al Poder Ejecutivo actualizar los montos del "Timbre Registro de Testamento y Legalizaciones" creado por la Ley N° 17.707, de 10 de noviembre de 2003.

RESULTANDO: I) que el artículo 21 de la citada ley, establece que el Poder Ejecutivo actualizará semestralmente su valor, en tanto su actualización se realizará el 1° de enero y el 1° de julio de cada año en función de la variación del índice de Precios al Consumo determinado por el Instituto Nacional de Estadística: en los períodos 1° de junio a 30 de noviembre y 1° de diciembre a 31 de mayo respectivamente.
II) la variación operada por el mencionado índice en el período comprendido entre el 1° de junio de 2009 y el 30 de noviembre de 2009 fue del 3.70% (tres con setenta).

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la actualización del mencionado tributo.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por el Instituto Nacional de Estadística.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Actualízase el valor del Timbre Registro de Testamento y Legalizaciones creado por el artículo 21 de la Ley N° 17.707, de 10 de noviembre de 2003, el que será de $ 836 (pesos uruguayos ochocientos treinta y seis) para el período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2010.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
VAZQUEZ - ALVARO GARCIA.