PROMULGACION: 3 de agosto de 2009 PUBLICACION: 12 de agosto de 2009
Decreto Nº 351/009 - Timbre Registro de Testamento y Legalizaciones. Montos. Ajuste.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 3 de agosto de 2009
VISTO: que corresponde al Poder Ejecutivo actualizar los montos del "Timbre Registro de Testamento y Legalizaciones" creado por la Ley N° 17.707, de 10 de noviembre de 2003.
RESULTANDO: I) que el artículo 21 de la citada Ley establece que el Poder Ejecutivo actualizará semestralmente su valor, en tanto su actualización se realizará el 1° de enero y el 1° de julio de cada año en función de la variación del índice de Precios al Consumo determinado por el Instituto Nacional de Estadística en los períodos del 1° de junio al 30 de noviembre y del 1° de diciembre al 31 de mayo respectivamente.
CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la actualización del mencionado tributo.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por el Instituto Nacional de Estadística.
ART. 1º.- ART. 2º.- |