PROMULGACION: 15 de junio de 2009 PUBLICACION: 25 de junio de 2009
Decreto Nº 287/009 - Tabaco. Envases. Advertencias Sanitarias.
MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 15 de junio de 2009
VISTO: lo dispuesto por la Ley Nº 18.256 de 6 de marzo de 2008 y Decreto Nº 284/008 del 9 de junio de 2008;
RESULTANDO: I) que, el Artículo 9º de la Ley Nº 18.256 establece que, "en todos los paquetes y envases de productos de tabaco y en todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos, deberán figurar advertencias sanitarias e imágenes o pictogramas, que describan los efectos nocivos del consumo de tabaco u otros mensajes apropiados. Tales advertencias y mensajes deberán ser aprobados por el Ministerio de Salud Pública, serán claros, visibles, legibles y ocuparán por lo menos el 50% (cincuenta por ciento) de las superficies totales principales expuestas";
CONSIDERANDO: que, conforme lo prevé el Artículo 44 de la Constitución de la República, al Estado le corresponde legislar en todas las cuestiones relacionadas con la salud e higiene públicas, procurando el perfeccionamiento físico, moral y social de todos los habitantes del país;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido en el Artículo 44 de la Constitución de la República, Convenio Marco para el Control del Tabaco, Artículo 11 de la Ley N° 9.202 - Orgánica de Salud Pública - de 12 de enero de 1934, Artículo 9º de la Ley Nº 18.256 de 6 de marzo de 2008, Artículo 12 del Decreto Nº 284/008 de 9 de junio de 2008 y demás disposiciones modificativas y concordantes;
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