PROMULGACION: 15 de junio de 2009 PUBLICACION: 23 de junio de 2009
Decreto Nº 281/009 - Presupuesto Nacional de Recursos y Gastos. Se sustituye artículo.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 15 de junio de 2009.
VISTO: el artículo 2° de la Ley N° 18.083 de 27 de diciembre de 2006.
RESULTANDO: que dicha disposición faculta al Poder Ejecutivo a disminuir hasta su derogación las alícuotas del Impuesto a los Ingresos de las Entidades Aseguradoras.
CONSIDERANDO: conveniente ejercer la referida facultad, a efectos de adecuar la carga tributaria global del sector.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168 de la Constitución de la República,
ART. 1º.- "Artículo 2º.- Fíjanse las tasas del Impuesto a los Ingresos de las Entidades Aseguradoras.
Para los seguros o reaseguros generales:
Para los seguros o reaseguros de vida:
ART. 2º.- ART. 3º.- ART. 4º.- |