PROMULGACION: 29 de febrero de 2008 PUBLICACION: 13 de marzo de 2008
Decreto Nº 134/008 - Fondo de Solidaridad. Se flexibilizan los requisitos de escolaridad exigidos para el otorgamiento de las becas servidas por dicho Fondo.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 29 de febrero de 2008
VISTO: El Decreto 325/2002, de 22 de agosto de 2002 que regula el funcionamiento del Fondo de Solidaridad.
CONSIDERANDO: Se entiende pertinente flexibilizar los requisitos de escolaridad exigidos para el otorgamiento de las becas servidas por dicho Fondo, que derivan actualmente, de lo dispuesto por los porcentajes previstos en los artículos 12 y 18 del Decreto que se modifica. Que, asimismo, en un futuro inmediato se puede sustituir el pago bimestral por el pago mensual de las becas.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por la Ley N° 17.451, de 10 de enero 2002, y a lo establecido por el artículo 168, numeral 4° de la Constitución de la República.
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