PROMULGACION: 27 de diciembre de 2007 PUBLICACION: 9 de enero de 2008
Decreto Nº 525/007 - Impuesto Específico Interno correspondiente a la primera enajenación a cualquier título de los combustibles. Valor. Fijación.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 27 de diciembre de 2007
VISTO: el Impuesto Específico Interno fijado por el artículo 565 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, para la primera enajenación a cualquier título de combustibles.
RESULTANDO: que la Ley N° 18.221, de 20 de diciembre de 2007, faculta al Poder Ejecutivo a reducir el monto fijo de Impuesto Específico Interno actualizado, que corresponda de acuerdo a la norma referida en el Visto, para los hechos generadores vinculados a las naftas.
CONSIDERANDO: conveniente hacer uso de la facultad antedicha.
ATENTO: a lo expuesto.
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