PROMULGACION: 16 de junio de 2006 PUBLICACION: 26 de junio de 2006
Decreto Nº 184/006 - Responsables por obligaciones tributarias de terceros. Entidades aseguradoras.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 16 de junio de 2006
VISTO: el artículo 38 de la Ley Nº 17.453 de 28 de febrero de 2002, con la redacción dada por el artículo 468 de la Ley 17.930 de 26 de diciembre de 2005.
RESULTANDO: I) que la norma mencionada faculta al Poder Ejecutivo a designar responsables por obligaciones tributarias de terceros.
CONSIDERANDO: conveniente extender el régimen previsto por el Decreto 336/003 de 19 de agosto de 2003.
ATENTO: a lo expuesto.
ART. 1º.- "Artículo 1º.- Responsables. Desígnase responsables por obligaciones tributarias de terceros a las entidades aseguradoras por los pagos que realicen en cumplimiento de cobertura, de riesgos relativos a automotores, a quienes desarrollen actividades de venta de repuestos o autopartes; talleres mecánicos, de chapa y pintura, electricidad automotriz, y similares." (Banco de Seguros)
ART. 2º.- "Artículo 2°.- Liquidación y pago. Los responsables designados en el artículo precedente deberán liquidar y pagar el noventa por ciento del Impuesto al Valor Agregado incluido en la documentación de sus compras.
ART. 3º.- ART. 4º.- |