PROMULGACION: 19 de diciembre de 2005
PUBLICACION: 26 de diciembre de 2005

Decreto Nº 521/005 - Impuesto al valor agregado de los Servicios de Transporte Terrestre de Pasajeros. Reglamentación. Prórroga.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 19 de diciembre de 2005

VISTO: el artículo 2° del Decreto Nº 405/003, de 2 de octubre de 2003, y los Decretos Nos. 106/004, de 24 de marzo de 2004, 427/004, de 1° de diciembre de 2004 y 199/005, de 27 de junio de 2005.

RESULTANDO: que las normas referidas disponen un régimen transitorio para la determinación del crédito a que refiere el inciso segundo del artículo 1° de la Ley Nº 17.651, de 4 de junio de 2003, vigente hasta el 30 de junio de 2004, con sucesivas prórrogas hasta el 31 de diciembre de 2005.

CONSIDERANDO: necesario establecer una nueva prórroga del referido régimen, hasta que finalice el proceso de análisis y diseño del nuevo sistema tributario.

ATENTO: a lo expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2006 el régimen de determinación del crédito a que refiere el artículo 2° del Decreto Nº 405/003, de 2 de octubre de 2003.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
VAZQUEZ - DANILO ASTORI.