PROMULGACION: 26 de setiembre de 2005 PUBLICACION: 3 de octubre de 2005
Decreto Nº 346/005 - Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable. Límite del monto anual de las donaciones e inversiones que las empresas pueden realizar. Modificación.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 26 de setiembre de 2005
VISTO: Lo dispuesto por el artículo 5° de Decreto 365/001 de fecha 19 de setiembre de 2001.
RESULTANDO: La citada disposición prevé el límite del monto anual de las donaciones e inversiones que las empresas pueden realizar al Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable, en la cantidad equivalente a 8.000 unidades reajustables.
CONSIDERANDO: A efectos de estimular la transferencia de recursos a las actividades de investigación científica es procedente modificar dicho tope estimándose adecuado establecer el mismo en la cantidad equivalente a doce mil (12.000) unidades reajustables.
ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 168 numeral 25) de la Constitución de la República y 325 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001.
ART. 1º.- "Las donaciones e inversiones que las empresas realicen al Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable, en el marco de lo dispuesto por el artículo 325 de la Ley 17.296, de 21 de febrero de 2001, no podrán superar en total y en cada año el equivalente a UR 12.000 (doce mil unidades reajustables).
ART. 2º.- ART. 3º.- |