PROMULGACION: 3 de diciembre de 2003 PUBLICACION: 10 de diciembre de 2003
Decreto Nº 497/003 - Se prorroga el plazo a que refiere el artículo 3° del Decreto N° 248/003.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 3 de diciembre de 2003
VISTO: los artículos 6° y 7° de la Ley N° 17.651, de 4 de junio de 2003.
RESULTANDO: que se encuentran en proceso parlamentario las modificaciones a realizar a las normas referidas.
CONSIDERANDO: conveniente extender el plazo otorgado por el artículo 3° del Decreto N° 248/003, de 18 de junio de 2003, con la finalidad de adecuar la reglamentación a la nueva redacción de los citados artículos.
ATENTO: a lo expuesto.
ART. 1º.- ART. 2º.- |