PROMULGACION: 28 de diciembre de 2017 PUBLICACION: 10 de enero de 2018
Ley 19.587 - Se extienden previsiones de la Ley Orgánica de la Judicatura y Ordenamiento de los Tribunales y del Código del Proceso Penal, a los Jueces Letrados de Adolescentes y a los Jueces Letrados de Primera Instancia del Interior con competencia en materia adolescentes.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
ART. 1º.-
Incorpórase el numeral 25.5 al artículo 25 del Código del Proceso Penal, Ley N° 19.293, de 19 de diciembre de 2014:
ART. 2º.-
Incorpórase el siguiente tercer inciso al artículo 7° de la Ley N° 15.750, de 24 de junio de 1985, Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales:
MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 28 de diciembre de 2017
Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se modifica la Ley N° 19.293, de 19 de diciembre de 2014 y la Ley N° 15.750, de 24 de junio de 1985, para adecuarlas al nuevo Código del Proceso Penal.
|