PROMULGACION: 10 de diciembre de 2009 PUBLICACION: 15 de diciembre de 2009
Ley 18.628 - Fundación Teletón Uruguay para la rehabilitación pediátrica. Beneficios.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
ART. 1º.- ART. 2º.- Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 8 de diciembre de 2009.
ROQUE ARREGUI, Presidente; JOSE PEDRO MONTERO, Secretario.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 10 de diciembre de 2009
Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se conceden beneficios tributarios a las empresas que realicen donaciones a la Fundación Teletón Uruguay para la rehabilitación pediátrica y a la Fundación Peluffo Giguens de apoyo al niño con cáncer.
|