PROMULGACION: 23 de febrero de 2007 PUBLICACION: 12 de marzo de 2007
Ley 18.101 - Impuesto Específico Interno. Exoneración.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
ART. Unico.- "d) Los vehículos del Ministerio del Interior y de la Armada Nacional (Prefectura Nacional Naval) y de la Fuerza Aérea Uruguaya (Policía Aérea Nacional) afectados directamente a la seguridad pública, en los términos que establecerá la reglamentación". (Literal agregado)
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 27 de diciembre de 2006.
JULIO CARDOZO FERREIRA, Presidente; JOSE PEDRO MONTERO, Secretario.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Montevideo, 23 de febrero de 2007
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