PROMULGACION: 4 de junio de 2020
PUBLICACION: 18 de junio de 2020

Ley 19.883 - COVID 19. Se suspende el cómputo de los plazos legales y reglamentarios de los procedimientos administrativos disciplinarios, así como los de evaluación e incorporación en cargos presupuestados de las personas contratadas al amparo del artículo 90 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013, hasta el cese de la emergencia sanitaria nacional.

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

ART. 1º.- Decláranse suspendidos, a partir del 13 de marzo de 2020, el cómputo de los plazos legales y reglamentarios de los procedimientos administrativos disciplinarios, así como los de evaluación e incorporación en cargos presupuestados de las personas contratadas al amparo del artículo 90 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013, desde el 13 de marzo de 2020, hasta el cese de la emergencia sanitaria nacional declarada por el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020. (Excepción)
Lo dispuesto en el inciso anterior regirá para el Poder Ejecutivo.

ART. 2º.- El Poder Ejecutivo podrá disponer excepciones a la suspensión prevista por el artículo 1° de la presente ley, otorgando a los interesados las garantías del debido proceso.

ART. 3º.- El cómputo de los plazos se retomará, sin perjuicio de los actos cumplidos, a partir del día hábil siguiente en que haya sido cesada la emergencia sanitaria nacional por parte del Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 26 de mayo de 2020. BEATRIZ ARGIMÓN, Presidenta; GUSTAVO SÁNCHEZ PIÑEIRO, Secretario.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 4 de junio de 2020

Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se declaran suspendidos, a partir del 13 de marzo de 2020, el cómputo de los plazos legales y reglamentarios de los procedimientos administrativos disciplinarios, así como los de evaluación e incorporación en cargos presupuestados de las personas contratadas al amparo del artículo 90 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013, desde el 13 de marzo de 2020, hasta el cese de la emergencia sanitaria nacional declarada por el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020.
LACALLE POU LUIS - JORGE LARRAÑAGA - ERNESTO TALVI - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - LUIS ALBERTO HEBER - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - CARLOS MARÍA URIARTE - GERMÁN CARDOSO - IRENE MOREIRA - PABLO BARTOL.