PROMULGACION: 28 de diciembre de 2018
PUBLICACION: 28 de enero de 2019

Ley 19.733 - Se crea el Fondo de Peritajes, administrado por la Fiscalía General de la Nación.

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

ART. 1º.- Créase el Fondo de Peritajes, administrado por la Fiscalía General de la Nación, con la exclusiva finalidad de solventar los honorarios y gastos que demanden las pericias técnicas que deban realizarse para el cumplimiento de sus fines.

ART. 2º.- Dicho Fondo se integrará con el 10% (diez por ciento) del producido de las ventas a que hacen referencia los literales B) y C) del artículo 67 del Decreto Ley N° 14.294, de 31 de octubre de 1974, en la redacción dada por el artículo 95 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y del dinero confiscado en el marco de dicha normativa; al 1° de marzo de cada año y será transferido anualmente en dicha fecha. (Sustituido) (Porcentaje)

ART. 3º.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2°, a los treinta días corridos a contar de la promulgación de la presente ley, la Junta Nacional de Drogas deberá transferir a la Fiscalía General de la Nación el 10% (diez por ciento) del total del producido de las ventas a que hacen referencia los literales B) y C) del artículo 67 del Decreto Ley N° 14.294, de 31 de octubre de 1974, en la redacción dada por el artículo 95 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y del dinero confiscado en el marco de dicha normativa, a tal fecha.

ART. 4º.- La Fiscalía General de la Nación deberá publicar periódicamente los estados contables que reflejen la situación financiera del Fondo de Peritajes conforme a lo dispuesto por el artículo 191 de la Constitución de la República y el literal F) del artículo 21 de la Ley N° 19.483, de 5 de enero de 2017, con especial indicación de las sumas recibidas para integrar el Fondo de Peritajes y su destino.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 20 de diciembre de 2018. JORGE GANDINI, Presidente; VIRGINIA ORTIZ, Secretaria.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 28 de diciembre de 2018

Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se crea el Fondo de Peritajes.
VÁZQUEZ - JORGE VÁZQUEZ - RODOLFO NIN NOVOA - DANILO ASTORI - JORGE MENÉNDEZ - MARÍA JULIA MUÑOZ - VÍCTOR ROSSI - GUILLERMO MONCECCHI - NELSON LOUSTAUNAU - JORGE QUIAN - ALBERTO CASTELAR - LILIAM KECHICHIAN - JORGE RUCKS - MARINA ARISMENDI.