PROMULGACION: 18 de abril de 2013
PUBLICACION: 17 de mayo de 2013

Ley 19.070 - Instituciones de Asistencia Médica Colectiva. Exoneraciones fiscales. Plazo. Extensión.

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

ART. Unico.-
Sustitúyese el artículo 1° de la Ley N° 19.059, de 4 de enero de 2013, por el siguiente:

"ARTÍCULO 1°.- Extiéndense hasta el 30 de junio de 2013, el plazo previsto en el artículo 1° de la Ley N° 18.975, de 3 de octubre de 2012, y las exoneraciones fiscales referidas en el inciso segundo del artículo 8° de la Ley N° 18.440, de 24 de diciembre de 2008".

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 2 de abril de 2013. GERMÁN CARDOSO, Presidente; JOSÉ PEDRO MONTERO, Secretario.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 18 de abril de 2013

Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se sustituye el artículo 1° de la Ley N° 19.059, de 4 de enero de 2013, relacionado con la prórroga de las exoneraciones fiscales a las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva.
MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - SUSANA MUÑIZ - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER.