PROMULGACION: 22 de mayo de 2009 PUBLICACION: 8 de junio de 2009
Ley 18.491 - Seguro Obligatorio contra Terceros. Prórroga.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
ART. Unico.- Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 13 de mayo de 2009.
ROQUE ARREGUI, Presidente; JOSÉ PEDRO MONTERO, Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 22 de mayo de 2009
Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se prorroga la entrada en vigencia de la Ley Nº 18.412, de 17 de noviembre de 2008, sobre establecimiento de un seguro obligatorio de responsabilidad civil por daños corporales causados a terceros por determinados vehículos de circulación terrestre y maquinarias, hasta el 19 de agosto de 2009. |