| PROMULGACION:  7 de enero de 2007 PUBLICACION: 16 de enero de 2007   
 
Ley 18.089 - Se derogan varios artículos de las Leyes N° 16.320;  N° 16.736 y N° Ley 18.046. 
   
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
 DECRETAN:
 ART. Unico.- Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 27 de diciembre de 2006.
RODOLFO NIN NOVOA, Presidente; HUGO RODRIGUEZ FILIPPINI, Secretario.
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 Montevideo, 7 de enero de 2007 
 Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.  |