MINISTERIO DEL INTERIOR
Montevideo, 20 de enero de 2022
VISTO: la gestión iniciada por la Jefatura de Policía de Canelones, referente a la propuesta de nuevo organigrama de las Unidades Operativas de la citada Jefatura de Policía, así como la modificación de los límites jurisdiccionales de algunas Zonas Operacionales, atendiendo a razones de servicio, modificándose el Decreto N° 288/016 del Poder Ejecutivo, de 19 de setiembre de 2016;
RESULTANDO: I) que el Departamento de Canelones cuenta actualmente con cuatro Divisiones Territoriales, creadas por el Poder Ejecutivo, las que deberán ser sustituidas, creándose una nueva Jefatura Operacional territorial, pasando de cuatro Divisiones Territoriales a cinco Zonas Operacionales y una sexta Zona Operacional;
II) que se ha procedido a proyectar la reforma de los límites jurisdiccionales de la referida Jefatura de Policía la que se resume en los siguientes términos: Crear una nueva Jefatura Operacional territorial, pasando de cuatro a cinco y una sexta Zona Operacional, integrada por las Unidades de Apoyo; quedando la quinta Zona integrada por la Seccional 8va. (Soca), 17ma. (Atlántida), 22da. (Salinas), 23ra. (Floresta), 24ta. (Parque del Plata) y 29na. (Cuchilla Alta);
III) que para implementar lo expuesto en el numeral anterior, se necesita: a) Adecuar su estructura orgánica, incorporar servicios, de forma de optimizar sus recursos, fortaleciendo la estructura de control y supervisión más directa a las operaciones policiales, a través de una reorganización de los recursos de esta Unidad, teniendo en cuenta no sólo los índices delictivos, sino también otros aspectos importantes tales como el crecimiento demográfico y la distancia que existe entre las Unidades y su punto de control. b) Lograr ajustar la Jurisdicción de la nueva Jefatura Operacional a la Jurisdicción Judicial y de las Fiscalías, favoreciendo principalmente las tareas de coordinación e investigación por parte de las Unidades Especializadas (Área de Investigaciones, Unidad Especializada en Violencia Doméstica y Género). c) Dividir la actual Zona Operacional II (Ciudad de La Costa y Costa de Oro), siendo la más extensa y con el mayor registro demográfico del país. d) Fortalecer la supervisión y el control de la Jefatura Operacional. e) Consolidar los diferentes recursos de manera que las Unidades Subordinadas a la Jefatura de Zona III, puedan atender más rápidamente las demandas de población, descongestionando la Zona Este del Departamento, teniendo en cuenta que es una de las Zonas que presenta mayor índice delictivo. f) Disminuir el tiempo de respuesta de las Unidades Especializadas, al incorporar una Unidad Especializada en Violencia Doméstica y Género en la zona, tratándose de esta forma de crear un mayor acercamiento a la población y cubrir necesidades. g) Inauguración de una base de Policía Científica, incorporando un servicio que atienda la demanda de toda la zona, ubicada en el barrio Estación Atlántida (ex Destacamento Policial), lo cual redundará en una mejora del servicio, con mayor eficiencia y rapidez, además de generar una presencia policial en una zona que se ha ido expandiendo rápidamente, dado que se percibe un notorio desarrollo de población, dando utilidad a una Unidad que permanece abandonada. h) Asignar el carácter de Unidad a las Sub Unidades, ya existentes de Investigaciones y Unidad de Respuesta Policial, en la zona (las cuales ya cuentan con la estructura necesaria, ubicadas en el Balneario de Atlántida recientemente inaugurados);
IV) que la Seccional 14ta. (San Jacinto) pasará de integrar la Jefatura de Zona IV a pertenecer a la Jefatura de Zona II;
CONSIDERANDO: I) que el artículo 25 de la Ley N° 19.315, de 18 de febrero de 2015, en la redacción dada por el artículo 54 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, sustituyó la denominación "Divisiones Territoriales" por "Zonas Operacionales";
II) que la Jefatura de Policía de Canelones expresa que con ello, al ajustar la Jurisdicción de la nueva Jefatura Operacional a la Jurisdicción Judicial y de las Fiscalías, se favorece principalmente las tareas de coordinación e investigación por parte de las Unidades Especializadas (Área de Investigaciones, Unidad Especializada en Violencia Doméstica y Género) y se fortalece la supervisión y control de la Jefatura Operacional;
III) que no encontrándose objeciones desde el punto de vista jurídico, entendiendo que no se afecta el Decreto N° 288/016, de 19 de setiembre de 2016, el cual determina la estructura orgánica de la Jefatura de Policía de Canelones. Es de significar, que lo que se proyecta refiere a la creación de una nueva Jefatura Operacional territorial, perteneciente a la citada Unidad Ejecutora;
IV) que se ha procedido a delimitar de manera técnica y teniendo en cuenta las exigencias del servicio, por lo que corresponde dictar el acto administrativo correspondiente;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
ART. 1º.-
Sustitúyese en el Decreto N° 288/016, de 19 de setiembre de 2016, la denominación "Divisiones Territoriales" por "Zonas Operacionales".
ART. 2º.-
Sustitúyese el artículo 7 del Decreto N° 288/016, de 19 de setiembre de 2016, el que quedará redactado de la siguiente manera: "El territorio del departamento - a los solos fines operativos - será dividido en cinco Zonas Operacionales territoriales y una sexta Zona Operacional integrada con las Unidades de Apoyo.
Serán comandadas por un Oficial Superior del Subescalafón Ejecutivo, el que será secundado por un segundo Jefe de la misma jerarquía y subescalafón.
El Jefe de la Zona Operacional, será el responsable de la seguridad en su ámbito territorial utilizando para ello todos sus poderes jurídicos, más los recursos humanos y logísticos asignados a su jurisdicción.
Créase la Zona Operacional V, la que estará integrada de la siguiente forma: Seccional 8va. (Soca), 17ma. (Atlántida), 22da. (Salinas), 23ra. (Floresta), 24ta. (Parque del Plata) y 29na. (Cuchilla Alta).
Dispónese que la Seccional 14ta. (San Jacinto) pasará a integrar la Zona Operacional II y el resto de las Zonas Operacionales mantendrán la estructura actual.
Sustitúyese la División Especializada por la Zona Operacional VI, la que tendrá como cometidos la administración y el abastecimiento de capital humano y logístico para todas las Zonas Operacionales, en casos de operativos y servicios especiales. Estará integrada por el Grupo de Respuesta Táctica (G.R.T.), Policía de Tránsito, Plantel de Perros, Policía Montada, Programa de Alta Dedicación Operativa (P.A.D.O.), Brigada Departamental de Seguridad Rural, Oficina Reguladora de Policías Eventuales y otras Unidades de apoyo, que se dispondrán conforme a las necesidades del servicio y cuando fuere necesario para restablecer el orden público, así como también cumplirá con las disposiciones del Comando Jefaturial en relación a estrategias dispuestas para la mejor consecución de las metas trazadas en materia de seguridad pública".
ART. 3º.-
Comuniquese, y adóptense por el Ministerio del Interior las medidas necesarias para la confección por intermedio del Servicio Geográfico Militar los mapas correspondientes a las nuevas delimitaciones de las Zonas Operacionales. Cumplido, pase a la Jefatura de Policía de Canelones para su conocimiento y demás efectos.
LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER.