PROMULGACION: 22 de diciembre de 2017
PUBLICACION: 10 de enero de 2018

Decreto Nº 374/017 - Se modifica el Decreto Nº 148/007 a efectos de incluir otra excepción para la retención del IRAE.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 22 de diciembre de 2017

VISTO: el artículo 164 de la Ley N° 19.438 de 14 de octubre de 2016, que establece el régimen de dividendos y utilidades fictos, dentro del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas.

RESULTANDO: que el artículo 39 bis del Decreto N° 148/007 de 26 de abril de 2007, establece ciertos casos en los que los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) no deben realizar la retención correspondiente a los referidos dividendos o utilidades.

CONSIDERANDO: que resulta necesario incluir otra excepción, para el caso que el titular de las participaciones patrimoniales del contribuyente de IRAE sea una entidad sin fines de lucro que realice las actividades de una Institución de Asistencia Médica Colectiva (IAMC).

ATENTO: a lo expuesto,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Sustitúyese el literal a) del artículo 39 bis del Decreto N° 148/007 de 26 de abril de 2007 por el siguiente:
"a) El titular de las participaciones patrimoniales del contribuyente del IRAE sea una persona de Derecho Público, un Fondo de Ahorro Previsional; o una Institución de Asistencia Médica Colectiva (IAMC), o una asociación civil que, sin revestir tal calidad, realice las mismas actividades y que en ambos casos, carezcan de fines de lucro".

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
VÁZQUEZ - DANILO ASTORI.