PROMULGACION: 9 de marzo de 2016 PUBLICACION: 17 de marzo de 2016
Decreto Nº 72/016 - Se incoporan los estudios del lecho y subsuelo marino, incluyendo las actividades de prospección y las de exploración de los mismos, cuando se realicen a través de métodos que utilicen fuentes acústicas o electro-magnéticas al régimen de Autorización Ambiental Previa establecido en el el Decreto 349/005.
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Montevideo, 9 de marzo de 2016
VISTO: el Decreto 349/005, de 21 de setiembre de 2005, por el cual se aprobó el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental y Autorizaciones Ambientales;
RESULTANDO: I) que el artículo 2° de dicho reglamento, establece las actividades, construcciones u obras sujetas a Autorización Ambiental Previa, sean de titularidad pública o privada;
CONSIDERANDO: I) que el inciso final del artículo 2° del Decreto 349/005, prevé la facultad del Poder Ejecutivo de incorporar actividades, construcciones u obras al listado de las sujetas a Autorización Ambiental Previa, actuando para ello en acuerdo del Presidente de la República con el Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el Ministro del ramo;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 47 (inciso primero) de la Constitución de la República, por la Ley N° 16.466, de 19 enero de 1994, por la Ley N° 17.283 de 28 de noviembre de 2000, por la Ley N° 19.175 de 20 de diciembre de 2013 y por el artículo 2° del Decreto 349/005 de 21 de setiembre de 2005;
ART. 1º.-
Agrégase al artículo 2° del Decreto 349/005, de 21 de setiembre de 2005, el numeral siguiente:
ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.-
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