| PROMULGACION: 16 de diciembre de 2014 PUBLICACION: 26 de diciembre de 2014 
Decreto Nº 366/014 - Se sustituye el artículo 2° del Decreto N° 18/013. 
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 Montevideo, 16 de diciembre de 2014
 VISTO: el Decreto N° 528/003 de 23 de diciembre de 2003, que designa agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado al Estado, a los Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y demás personas públicas estatales, al amparo de la facultad otorgada por el artículo 17 del Título 1 del Texto Ordenado 1996.
 RESULTANDO: I) que el Decreto N° 18/013 de 21 de enero de 2013, fijó una alícuota específica para las retenciones aplicables a las adquisiciones de energía eléctrica realizadas hasta el 31 de diciembre de 2014.
 CONSIDERANDO: conveniente extender el plazo de aplicación de las citadas normas, tomando en cuenta que se mantienen las condiciones que le dieron origen.
 ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168 de la Constitución de la República,
 ART. 1º.-
Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 18/013 de 21 de enero de 2013, por el siguiente:
 ART. 2º.-
Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 363/011 de 18 de octubre de 2011, por el siguiente:
 ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
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