PROMULGACION: 14 de marzo de 2014
PUBLICACION: 24 de marzo de 2014

Decreto Nº 65/014 - Fideicomiso de Administración para obras de infraestructura en el departamento de Canelones.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 14 de marzo de 2014

VISTO: la necesidad de promover la actividad realizada por el Fideicomiso de administración para obras de infraestructura en el departamento de Canelones, constituido por contrato de 17 de julio de 2013, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 17.703 de 28 de octubre de 2003.

RESULTANDO: que dicho fideicomiso se constituye a los efectos de administrar los bienes fideicomitidos, para financiar el anteproyecto, proyecto y construcción de obras de infraestructura en Canelones, siendo su fideicomitente y beneficiaria la Intendencia Departamental de Canelones.

CONSIDERANDO: conveniente otorgar al proyecto un conjunto de exoneraciones tributarias vinculadas al citado fideicomiso, con el alcance que tendrían en caso de que el mismo fuese ejecutado directamente por la Intendencia Departamental de Canelones.

ATENTO: a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el Decreto Ley N° 14.178 de 28 de marzo de 1974 y por el artículo 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, y a que se cuenta con la conformidad de la Comisión de Aplicación,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

DECRETA:

ART. 1º.-
Declárase promovida al amparo del artículo 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998 la actividad desarrollada por el Fideicomiso de Administración para obras de infraestructura en el departamento de Canelones, constituido por contrato de 17 de julio de 2013, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 17.703 de 28 de octubre de 2003.

ART. 2º.-
Exonérase del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas las rentas derivadas de la realización de las actividades promovidas por parte del Fideicomiso de Administración para obras de infraestructura en el departamento de Canelones.

ART. 3º.-
Exonérase del Impuesto al Patrimonio el patrimonio afectado a las actividades promovidas por parte del Fideicomiso de Administración para obras de infraestructura en el departamento de Canelones.

ART. 4º.-
El presente Decreto rige desde el 17 de julio de 2013.

ART. 5º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
MUJICA - MARIO BERGARA.