MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Montevideo, 23 de enero de 2013
VISTO: el artículo 3° del Decreto 437/012 de 31 de diciembre de 2012;
RESULTANDO: I) que a través del mismo se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones a regir el Llamado a Interesados para obtener autorización
destinada a brindar el Servicio de Radiodifusión de Televisión digital
comercial con estación principal ubicada en el Departamento de Montevideo;
II) Que el artículo VI del citado Pliego establece que las propuestas se
recibirán en la Sede de URSEC (Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones) hasta las 15 horas del día correspondiente al plazo de 45
días corridos contados a partir del siguiente al de la publicación de su
aprobación;
III) que el Decreto 437/012 fue publicado en el Diario Oficial el día 11
de enero de 2013:
CONSIDERANDO: I) que eventuales oferentes han manifestado su preocupación
acerca del plazo para la apertura de las ofertas otorgado en el Pliego de
Bases y Condiciones;
II) que dicha circunstancia podría comprometer la participación de
postulantes interesados en presentarse al llamado;
III) que es de interés del Estado así como un principio general de
actuación administrativa en los procedimientos competitivos, lograr la más
amplia concurrencia (literal B) del artículo 149 del TOCAF);
IV) que asimismo, razones de oportunidad y conveniencia aconsejan disponer
la suspensión transitoria del referido llamado;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
ART. 1º.-
Suspéndese transitoriamente el llamado a interesados en obtener
autorización para brindar el Servicio de Televisión digital comercial con
estación transmisora principal en el Departamento de Montevideo aprobado
por Decreto 437/012 de 31 de diciembre de 2012. (Reglamentación)
ART. 2º.-
Notifíquese, comuniquese, etc.
MUJICA - EDGARDO ORTUÑO.