PROMULGACION: 23 de enero de 2013
PUBLICACION: 29 de enero de 2013

Decreto Nº 28/013 - Servicio de Radiodifusión de Televisión digital comercial. Suspensión transitoria del llamado a interesados.

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Montevideo, 23 de enero de 2013

VISTO: el artículo 3° del Decreto 437/012 de 31 de diciembre de 2012;

RESULTANDO: I) que a través del mismo se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones a regir el Llamado a Interesados para obtener autorización destinada a brindar el Servicio de Radiodifusión de Televisión digital comercial con estación principal ubicada en el Departamento de Montevideo;
II) Que el artículo VI del citado Pliego establece que las propuestas se recibirán en la Sede de URSEC (Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones) hasta las 15 horas del día correspondiente al plazo de 45 días corridos contados a partir del siguiente al de la publicación de su aprobación;
III) que el Decreto 437/012 fue publicado en el Diario Oficial el día 11 de enero de 2013:

CONSIDERANDO: I) que eventuales oferentes han manifestado su preocupación acerca del plazo para la apertura de las ofertas otorgado en el Pliego de Bases y Condiciones;
II) que dicha circunstancia podría comprometer la participación de postulantes interesados en presentarse al llamado;
III) que es de interés del Estado así como un principio general de actuación administrativa en los procedimientos competitivos, lograr la más amplia concurrencia (literal B) del artículo 149 del TOCAF);
IV) que asimismo, razones de oportunidad y conveniencia aconsejan disponer la suspensión transitoria del referido llamado;

ATENTO: a lo expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Suspéndese transitoriamente el llamado a interesados en obtener autorización para brindar el Servicio de Televisión digital comercial con estación transmisora principal en el Departamento de Montevideo aprobado por Decreto 437/012 de 31 de diciembre de 2012. (Reglamentación)

ART. 2º.-
Notifíquese, comuniquese, etc.
MUJICA - EDGARDO ORTUÑO.