PROMULGACION: 20 de diciembre de 2012
PUBLICACION: 28 de diciembre de 2012

Decreto Nº 412/012 - Se considera conveniente flexibilizar la normativa para solicitar la Declaratoria Promocional ante la Agencia Nacional de Vivienda.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 20 de diciembre de 2012

VISTO: la Ley N° 18.795 de 17 de agosto de 2011 y el Decreto N° 355/011 de 6 de octubre de 2011.

RESULTANDO: que el literal h) del artículo 2° de la referida norma reglamentaria, establece que para solicitar la Declaratoria Promocional, se debe presentar ante la Agencia Nacional de Vivienda (ANV), la Tarjeta de Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva, destinada exclusivamente a la ejecución del proyecto promovido.

CONSIDERANDO: conveniente flexibilizar la referida restricción para las situaciones existentes a la entrada en vigencia del citado Decreto N° 355/011.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168 de la Constitución de la República.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:

ART. 1º.-
Sustitúyase el literal h) del artículo 2° del Decreto N° 355/011 de 6 de octubre de 2011, por el siguiente:
"h) Constancia de inscripción en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva (DGI), en donde se establezca que el giro único de la empresa es la construcción de obras en el régimen establecido por la Ley N° 18.795 de 17 de agosto de 2011. Se exceptúa de dicha condición a los contribuyentes que hayan adquirido inmuebles con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto, en los cuales se vaya a ejecutar el Proyecto de inversión".

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - LEONEL BRIOZZO - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - RAQUEL LEJTREGER - DANIEL OLESKER.