PROMULGACION: 28 de diciembre de 2011
PUBLICACION: 13 de enero de 2012

Decreto Nº 474/011 - Tasa de devolución de tributos a las exportaciones del 4%, de carácter transitorio, para aquellos sectores más afectados por la crisis internacional iniciada en 2008. Prórroga.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
  MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Montevideo, 28 de diciembre de 2011

VISTO: el Decreto N° 142/011, de 15 de abril de 2011.

RESULTANDO: que la referida norma prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2011 la vigencia de una tasa de devolución de tributos a las exportaciones del 4%, de carácter transitorio, para aquellos sectores más afectados por la crisis internacional iniciada en 2008.

CONSIDERANDO: que es conveniente mantener el régimen especial mencionado en el resultando hasta el 30 de junio de 2012 ya que aún estos sectores no han recuperado los niveles de producción vigentes con anterioridad a la crisis internacional.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 16.492, de 2 de junio de 1994.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Prorrógase hasta el 30 de junio de 2012, lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 142/011, de 15 de abril de 2011. (Prórroga)

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
MUJICA - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN - TABARE AGUERRE.